CFDI con complemento carta porte.

 


¿Qué es CFDI con complemento carta porte?

Es un comprobante fiscal por las operaciones de traslado o por los servicios de transporte de bienes o mercancías, que se realicen dentro del territorio nacional. El cual tiene una doble función: el de tener permiso para portar y trasladar dicha mercancía y el de informar al SAT sobre el transporte y las especificaciones de la misma. Su omisión se equipara al delito de contrabando de mercancía.


Usos CFDI con complemento carta porte.

Para relacionar los bienes o mercancías, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destino, así como lo referente al medio a través del cual se transportan; ya sea por vía terrestre (carretera o líneas férreas), aérea, marítima o fluvial; además de incluir el traslado de Hidrocarburos y Petrolíferos.

Entrada en vigor.

Se ha pospuesto varias veces, siendo la más actual para el 31 de marzo 2022 por la complejidad de su emisión.

     Escenarios en los cuales podamos identificar en qué momento es obligación de emitir el CFDI. 

1) IMPORTACIÓN DE MERCANCÍAS: Traslado posterior de la aduana al almacén de la empresa. El transportista debe emitir carta porte. 

2) TRASPASOS Y DISTRIBUCIÓN DE INVENTARIOS ENTRE SUCURSALES. Traslado del inventario del Almacén Matriz a cada una de sus sucursales. 

Caso 1: el transportista es un externo (no forma parte de la empresa): es quién debe emitir la carta porte.

Caso 2: Equipo de transporte de la empresa (Flotilla interna): Empresa debe emitir carta porte. 

3) ENTREGA DE MERCANCÍA  EN LAS INSTALACIONES DEL CLIENTE.

Salida de las mercancías de cada sucursal o almacén y entrega al cliente en sus instalaciones y, el transporte es con la flotilla interna. La empresa emite la carta porte al cliente.

 

  

Cómo se debe emitir el CFDI de tipo ingreso con complemento Carta Porte?

Los pasos se deben realizar de la siguiente manera:

      1) Si te dedicas a la prestación de servicios de traslado de bienes o mercancías, debes estar dado de alta en el RFC y contar con el permiso correspondiente, otorgado por la SCT.

       2) El cliente te contratará para realizar el traslado de los bienes o mercancías. 

      3) Debes solicitar al cliente que te proporcione la información relacionada al traslado de los bienes o mercancías.  

      4) Realiza la captura en el CFDI, de los servicios de transportación que prestarás y en el complemento Carta Porte, informa los bienes o mercancías a transportar, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destinos, propietarios (as), arrendatarios (as) y operadores (as), así como los datos del autotransporte. 

     5) Realiza el traslado de bienes o mercancías, con el complemento Carta Porte acreditarás la legal tenencia mediante su representación impresa o el archivo digital correspondiente. 

      6) La autoridad responsable realiza verificación aleatoria en punto de control. 

      7) Entrega los bienes o mercancías en el destino acordado y finaliza el servicio.

 

Debido a la gran cantidad de información y la complejidad en su emisión, te ofrecemos los servicios de facturación de CFDI con complemento carta porte, para su correcto llenado, conforme a lineamientos del SAT, sin errores, en tiempo oportuno, y evitando multas. Contáctanos.

Regresar a menú principal.

Visítanos: https://www.corporativocrear.com.mx

 

Comentarios

Entradas populares de este blog

Bienvenido (a) al blog de CORPORATIVO CREAR. Creando soluciones.