Principales cambios en la pensión del IMSS ante reforma a la LSS (Ley del Seguro Social).

 


1) La disminución del requisito de semanas de cotización para tener derecho a la pensión.

 

Actualmente para tener derecho a una pensión por Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez, así como una pensión mínima garantizada, además de tener 60 o más años cumplidos, se debe contar con 1250 semanas de cotización; mientras que en la propuesta se prevé que, a partir de 2021, se requieran 750 semanas, y cada año se incrementarán 25 semanas para que, en el 2031, el requisito sean 1000.

 

2)  El aumento de las aportaciones para el retiro.

 

Se prevé un incremento gradual de las aportaciones patronales, que actualmente representa un 5.15% (correspondiente al 2% de Retiro y 3.15 de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez) al 13.7 por ciento, modificándose así el artículo 168 de la LSS, que establecerá el cómo cubrirán la cuota de acuerdo al salario base de cotización de cada trabajador y de manera gradual, a partir del 1 de enero de 2023 y hasta 2030.

La aportación que actualmente lleva a cabo el estado de 0.225% del salario más una cuota social, se modificará para que esta última tenga un aumento significativo para los trabajadores que tengan hasta el equivalente a cuatro veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Del 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2022, los patrones y el Estado seguirán cubriendo, para los ramos de cesantía en edad avanzada y vejez las cuotas actuales.

En cuanto a la aportación de los trabajadores (1.125%) no tendrá modificación alguna.

 

3) El incremento en el valor de la pensión mínima garantizada.
 

Para fortalecer la entrega de la pensión mínima garantizada de las personas que, cumpliendo los requisitos para obtener la pensión de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, no reúnan los recursos suficientes en su cuenta individual y que por ende no obtendría una pensión mayor. 

En este sentido, el valor de la pensión de un promedio actual de $3,289 (80% de un salario mínimo) aumentaría un valor promedio de $4,345; cantidad que se otorgará en función de la edad, las semanas cotizadas y el salario base de cotización, conforme a la modificación establecida en el artículo 170 de la LSS, donde también se contempla considerar las semanas cotizadas y el promedio del salario base de cotización que tengan los trabajadores que hayan estado a su vez en el ISSSTE, de acuerdo al convenio de portabilidad que se tiene suscrito con el IMSS.

La iniciativa incluye otros elementos como, la adición de un párrafo al artículo 37 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, para topar las comisiones que actualmente cobran las Afores, quedando sujetas a un máximo, el cual resultará del promedio aritmético de los cobros en materia de comisiones en los sistemas de contribución definida de los Estados Unidos de América, Colombia y Chile; pues se prevé que deben cumplir con estándares internacionales. Será la Junta de Gobierno de la Comisión quien emitirá las políticas y criterios para estos efectos; teniendo 30 días hábiles después de la entrada en vigor del decreto para hacer la modificación en las comisiones. 

Se contempla también la combinación de esquemas de renta vitalicia con retiros programados, siendo anteriormente una sola opción. 

Sin embargo, también hay que considerar que los elementos anteriores en su conjunto, contribuirían a mejorar las condiciones de vida del trabajador durante su etapa de retiro.

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